Nº 4 / Abril 2006
Informe
Ambiental
Plantas de Celulosa en Fray Bentos
Noviembre 2005 /
Cyro Croce
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ANTECEDENTES
Celulosas de Mbopicuá (grupo español ENCE) presentó en julio de 2002 el
Estudio de Impacto Ambiental para la implantación y operación de una planta
para la fabricación de aproximadamente 400.000 tAD/año[1]
de pulpa de a partir de 1.500.000 m3/año de astillas de varias
especies de Eucalyptus, en un predio ubicado junto al Río Uruguay,
aproximadamente 12 kilómetros al este de la ciudad de Fray Bentos, contiguo a
la planta de astillado y puerto de la Terminal Logística de Mbopicuá que
funciona desde noviembre de 2003, empresa perteneciente al mismo grupo.
Botnia (grupo finlandés METSA BOTNIA) presentó en octubre de 2003 la
Comunicación de Proyecto, y en marzo de 2004 el Estudio de Impacto Ambiental
para la implantación y operación de una terminal portuaria y de una planta para
la fabricación de aproximadamente 1.000.000 tAD/año de pulpa de celulosa a
partir de 3.500.000 m3/año de madera de varias especies de Eucalyptus,
en un predio bajo el régimen de Zona Franca ubicado junto al Río Uruguay,
aproximadamente 3 kilómetros al este de la ciudad de Fray Bentos.
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BREVE DESCRIPCIÓN DEL PROCESO
La
tecnología adoptada por ambas plantas consta de un proceso principal, o
línea de fibras, que separa la celulosa de los restantes componentes presentes
en la madera, principalmente lignina, mediante un tratamiento fisicoquímico denominado
KRAFT[2].
La celulosa es posteriormente lavada, blanqueada, secada y embalada. A la línea
de fibras se acopla el proceso de recuperación que tiene como objetivo la recuperación de
los productos químicos empleados en la digestión para que puedan utilizarse
nuevamente, así como la valorización energética de la lignina que es utilizada
como combustible para generar vapor y energía eléctrica. Se requieren también
varios procesos auxiliares, entre los que se dest
Particular
mención merece la tecnología ECF[3]
de blanqueo de la pulpa de celulosa adoptada por ambas empresas, basada en la
utilización de dióxido de cloro como agente oxidante principal, así
denominada como contraposición a la tecnología históricamente tradicional de
blanqueo con cloro elemental (cloro gas) o hipoclorito de sodio. A diferencia
de estos últimos, el dióxido de cloro genera cantidades muy inferiores de
compuestos policlorados, caracterizados por la baja hidrosolubilidad, baja
biodisponibilidad, alta persistencia y toxicidad, como por ejemplo las dioxinas
y furanos.
El dióxido
de cloro es muy inestable y debe necesariamente ser fabricado in situ.
Según el procedimiento utilizado para la fabricación, el reactivo obtenido
puede incluir entre 1% y 45% de cloro elemental, por lo que el término ECF no
implica necesariamente mínimas concentraciones de cloro elemental. La
tecnología adoptada tanto por Celulosas de Mbopicuá como por Botnia (método
SOLVAY R8) genera concentraciones de cloro elemental cercanas al 1% (cero según
las BAT, documento reseñado más adelante) y concentraciones no detectables de dioxinas
y furanos en los efluentes, según el Instrumental Normalizado elaborado por el
PNUMA [4].
Según este
mismo documento, el 67% de la producción mundial de pulpa en el año 2000 se
blanqueaba por procesos ECF y el 7% por procesos totalmente libres de cloro
(TCF), y la información disponible no muestra variaciones significativas desde
entonces. Cabe mencionar que de acuerdo a información de la industria de la
celulosa, los procesos ECF y TCF generan productos con propiedades diferentes,
que no siempre satisfacen la demanda del mismo mercado.
La
tecnología de producción adoptada por ambas plantas está señalada dentro de las
Mejores Tecnologías Disponibles (Best Available Techniques, BAT)[5]
establecidas por la Comunidad Europea (EC). La DIRECTIVA 96/61/EC[6]
relativa a la prevención y al control integrados de la contaminación (IPPC)
establece lineamientos para evitar, o en su defecto reducir las emisiones a la
atmósfera, el agua y el suelo (incluida la generación de residuos) aplicables a
una lista de actividades que incluye a las fábricas de pulpa de celulosa. La EC
promueve para cada sector de actividad un documento de referencia (BREF) con
las Mejores Tecnologías Disponibles. Esta misma Directiva establece el 31 de
octubre de 2007 como plazo máximo para que, entre otras condiciones, todas las
plantas industriales de la EC operen según las BAT correspondientes a su
sector.
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CONSIDERACIONES SOBRE LA
EVALUACIÓN DEL IMPACTO AMBIENTAL[7]
3.1 - Contaminación – Impactos – Mitigación
En cumplimiento de sus cometidos, la División Evaluación
de Impacto Ambiental (DEIA) de la DINAMA evalúa los impactos de las actividades
comprendidas en el artículo 2° del Reglamento de Evaluación del Impacto
Ambiental, (Decreto 349/05 del 21 de setiembre de 2005, sustitutivo del 435/994 del 21 de setiembre
de 1994), de acuerdo al procedimiento establecido en el artículo 3° y
siguientes del mismo decreto. Esto
determina que las actividades sean evaluadas en relación a la admisibilidad o
no de los impactos ambientales que se prevén, y se autoricen siempre que los
impactos previstos sean admisibles, aún si esta admisibilidad se logra luego de
la implementación de las medidas de prevención, mitigación o compensación que
correspondan (impactos residuales).
Por la misma razón, la evaluación de la DEIA no considera
aquellos aspectos sobre los que no tiene competencia, como ser la solvencia
económico-financiera de los emprendatarios, el régimen fiscal y tributario de
los emprendimientos, las condiciones de seguridad e higiene laboral, o los aspectos
relacionados con la forestación pre-existente, no inducida directamente por la
operación de las plantas.
La DEIA evita específicamente
la utilización del término “contaminación”, debido a la ambigüedad de su
acepción usual, y a que la precisión conceptual del término resulta insuficiente para el trabajo de evaluación
que se requiere.
La evaluación de los impactos
no responde a un proceso puramente objetivo, aunque en algunos casos, por
ejemplo cuando es posible cuantificarlos y compararlos contra estándares
nacional o internacionalmente aceptados, puede determinarse su admisibilidad o
inadmisibilidad de manera más objetiva.
Así, los impactos generados por las emisiones al agua, al aire y al
suelo serán en principio admisibles si cumplen con los máximos de emisión, y también de calidad ambiental (inmisión)
establecidos en la normativa nacional o internacional de referencia.
En otros casos, sin embargo,
los impactos no son cuantificables, o bien no existen estándares o conocimiento
científico suficiente como para determinar claramente su admisibilidad. En
estos casos, la evaluación se realiza considerando criterios técnicos
multidisciplinarios de buenas prácticas, de acuerdo a la experiencia y el
sentido común de los evaluadores, con el énfasis en los planes de monitoreo,
prevención, mitigación, y compensación
que determina el principio precautorio.
El haber
otorgado la Autorización Ambiental Previa (AAP) a los emprendimientos
industriales de Celulosas de Mbopicuá y Botnia, significa que en el análisis de
los proyectos de ambas plantas de celulosa y estructuras asociadas no se
encontraron impactos residuales inadmisibles, en el entendido de que tanto las
emisiones como los parámetros de calidad de agua, aire y suelo (inmisión) se
encuentran dentro de los estándares de referencia adoptados (normativas o
propuestas nacionales cuando las hay, internacionales en su defecto), y los
impactos que se generen pueden ser prevenidos, mitigados o compensados si las
actividades se realizan según lo planteado en los correspondientes Estudios de
Impacto Ambiental (EsIA) y se toman los recaudos establecidos como condiciones
en las correspondientes AAP.
Adicionalmente
y como medida precautoria, las AAP obligan a ambas empresas a integrar una
garantía que cubra eventuales afectaciones al ambiente.
En los
siguientes puntos se hace una sintética reseña de las consideraciones
realizadas por la DEIA sobre los aspectos ambientales más relevantes.
3.2 - Emisiones al agua
Como elementos más relevantes pueden mencionarse:
Ø De los datos disponibles, puede
asumirse que la calidad del agua del río Uruguay en el tramo frente a la ciudad
de Fray Bentos es aceptable, aunque comprometida en algunos parámetros
(fósforo, amoníaco, algunos metales) y con signos de eutrofización. Por esta
razón, y sin perjuicio del monitoreo que en cumplimiento de sus funciones
realice la DINAMA, la AAP establece como condición para comenzar la operación
industrial, la realización de al menos un año de medidas de la calidad del agua
del río Uruguay, y explicita la aplicabilidad de los estándares de calidad de
agua previstos en el artículo 5° literal “a” del Decreto 253/79 y modificativos
(Normas para prevenir la contaminación ambiental mediante el control de las
aguas), del artículo 8° del mismo Decreto, y de los estándares previstos en el
Digesto sobre Usos del Río Uruguay de la Comisión Administradora del Río
Uruguay (CARU) para aguas Clase I, validando el mínimo de los valores cuando
existen discrepancias entre ambos documentos.
Ø La composición de los efluentes que
ambas plantas prevén verter al río Uruguay cumple con los límites establecidos
en el artículo 11° numeral 2 (desagües directos a cursos de agua) del Decreto
253/79 ya citado.
Ø Ambos emisarios se localizan aguas
arriba (a 12 Km el de Mbopicuá y a 3 Km el de Botnia) del punto donde se
encuentra actualmente la toma de agua de OSE para potabilización y
abastecimiento de la ciudad de Fray Bentos.
Ø La dispersión en el cuerpo del río
de las especies químicas contenidas en los efluentes de ambas plantas operando
conjuntamente se estudió mediante un modelo hidrodinámico bidimensional
integrado en vertical, que permitió simular la evolución temporal de las
concentraciones de las especies en cualquier punto seleccionado. Los resultados
de la aplicación del modelo en condiciones de estiaje exigente[8]
indican que:
o
No
se prevé una afectación de las playas de la ciudad de Fray Bentos que implique
cambios en su aptitud para los fines recreativos a que se destinan. En
particular, la afectación en el balneario Las Cañas y en toda la costa
argentina resulta indetectable.
o
En
la toma de OSE y como consecuencia del vertido industrial, no se superan los
límites establecidos por el artículo 5° literal “a” (estándares de calidad de
aguas destinadas o que puedan ser destinadas al abastecimiento de agua potable
a poblaciones con tratamiento convencional) del Decreto 253/79 ya citado, los
establecidos por OSE en virtud del cumplimiento del artículo 8° del mismo
Decreto, ni los que establece para aguas Clase I el Digesto sobre Usos del Río
Uruguay de la CARU también citado.
3.3 - Emisiones al aire
Como puntos más relevantes pueden mencionarse:
Ø La composición de los gases que
ambas plantas funcionando en régimen prevén emitir a la atmósfera a través de
las diferentes chimeneas cumple con los límites establecidos en la propuesta
de emisión elaborada por el GESTA – Aire [9].
Ø La dispersión atmosférica de las
especies químicas contenidas en los gases emitidos por ambas plantas operando
conjuntamente se estudió mediante un modelo de Penacho Gaussiano, integrando
datos meteorológicos de un período de dos años. Los resultados de la aplicación
de este modelo considerando ambas plantas funcionando simultáneamente fuera de
régimen[10]
indican concentraciones a nivel del suelo siempre inferiores a las establecidas
como límite en la propuesta de calidad de aire (inmisión) elaborada por
el GESTA – Aire, ya citada.
Ø Particular consideración mereció la
previsión de eventos de olores molestos, relacionados con los compuestos
totales de azufre reducido (TRS) y medidos como concentración de sulfuro de
hidrógeno en g/Nm3. Si bien la aplicación del modelo indica
que en ninguna situación se superan los 15 g/Nm3, límite
horario que establece el GESTA Aire, la AAP impone un límite de 3 g/Nm3
para pro
Ø El umbral de detección es diferente
para cada persona y depende de su sensibilidad olfativa. Tampoco es constante
aún para una misma persona, sino que depende de la concentración de base y el
período de estimulación. La literatura consultada indica umbrales olfativos
para TRS en un rango de concentraciones de 0.7 a 20 g/Nm3
(medidos como sulfuro de hidrógeno). Atendiendo a los resultados del modelo
aplicado, puede esperarse que no existan eventos de olor en Las Cañas ni en
ningún punto antropizado de la costa argentina, y que los eventos de olor en
Fray Bentos y adyacencias sean esporádicos.
Ø Cabe mencionar también que según la
Organización Mundial de la Salud[12], la
concentración umbral de sulfuro de hidrógeno a la que comienzan a percibirse
efectos adversos en la salud (irritación ocular) está en el rango de 15.000 a
30.000 g/Nm3.
Ø Con relación a la emisión de
vibraciones (ruido), los valores de presión sonora generados por la operación
industrial previstos en el límite de los predios de ambas empresas cumplen con
la normativa municipal correspondiente (55 dBA nocturno, 65 dBA diurno). Si
bien no existe normativa municipal para ruido de tránsito, la aplicación de un
modelo predictivo indica una esperable afectación antrópica en torno al tramo
de la Ruta 2 que soportará el mayor incremento inducido de tránsito, aunque de
escasa significación con relación a la cantidad de viviendas afectadas (10
viviendas).
3.4 - Emisiones al suelo
Como puntos más relevantes pueden mencionarse:
Ø Los residuos sólidos generados por
la actividad industrial de Celulosas de Mbopicuá (26.000 t/año base húmeda) y
Botnia (69.000 t/año base húmeda) pueden clasificarse de acuerdo al destino
previsto para su disposición final en:
o
Residuos que se disponen en los rellenos construidos por las empresas: están compuestos básicamente por
material inorgánico: cenizas insolubles de las calderas de recuperación
(DREGS), áridos del apagador de cal (GRITS), sales insolubles del proceso de
caustificación (lodos de cal) y cenizas de la caldera de biomasa. Del total de
residuos sólidos, representan el 87% (23.000 t/año base húmeda) en Mbopicuá y
el 71% (49.000 t/año base húmeda) en Botnia. Se concentran en estos residuos
gran parte de los metales contenidos naturalmente en la madera (plomo,
mercurio, cadmio, níquel, cromo, bario, cobre, cobalto, estroncio y cinc entre otros).
o
Residuos que se disponen en el vertedero municipal: son los residuos generados en
oficinas y servicios al personal, asimilables en su composición a residuos
domésticos. Del total de residuos sólidos, representan el 8% (2.000 t/año base húmeda) en Mbopicuá y el
5% (3.500 t/año base húmeda) en Botnia.
o
Residuos compostables y/o retornables a las plantaciones: constituidos por descartes de
madera, lodos del tratamiento de agua bruta, áridos y biolodo, representan el
22 % (15.000 t/año base húmeda) del total de residuos de Botnia. Celulosas de
Mbopicuá utiliza los descartes de madera y el biolodo como combustible en la
caldera de biomasa, por lo que no se incluyen como residuos.
o
Residuos clasificados como peligrosos, gestionados cada uno de acuerdo a
la normativa específica existente y a las posibilidades de inertización y
disposición final aplicables en Uruguay. Componen este grupo los aceites usados
y sus envases, solventes, baterías, pesticidas, residuos de laboratorio,
lámparas fluorescentes y restos de pinturas entre otros de menor significación.
Representan el 0.3% (70 t/año base húmeda) en Mbopicuá y también el 0.3% (150
t/año base húmeda) en Botnia.
Ø La localización, construcción,
operación y clausura de los rellenos a implementar por cada empresa dentro de
los respectivos predios, se ajusta a los requisitos y recomendaciones que
establece la Propuesta Técnica para la Reglamentación – Gestión integral de
residuos sólidos industriales, agroindustriales y de servicios, elaborada por
el GESTA – Residuos Sólidos.
3.5 – Afectación de la biota
En los predios de ambos proyectos coexisten áreas
naturales, fundamentalmente desarrolladas en los montes de ribera del río
Uruguay y sus afluentes, con áreas que han sido largamente intervenidas por
actividades agropecuarias. En las áreas naturales fueron relevados algunos
ejemplares arbóreos nativos centenarios, varias especies de mamíferos, la
mayoría de ellas protegidas, variedad de aves (algunos ejemplares globalmente
amenazados) y peces (algunas especies críticamente amenazadas). Si bien no
existe suficiente información científica disponible sobre la interacción
ecosistémica de la biota específica del entorno de influencia de la actividad
industrial, se estima que los impactos residuales serán admisibles[13].
A estos efectos y de acuerdo al principio precautorio, las resoluciones
ministeriales condicionan la
Autorización Ambiental Previa a la implementación de las siguientes medidas:
Ø Medida de prevención: establecer,
implementar y mantener un plan de monitoreo sobre indicadores biológicos
estratégicamente seleccionados.
Ø Medida de mitigación: delimitar los
sectores no intervenidos dentro de los respectivos predios e implementar planes
de gestión para los mismos, a los efectos de garantizar su conservación.
Ø Medida de compensación: gestionar
un área de conservación localizada en la zona de las ruinas del saladero para
Mbopicuá. Proponer, adquirir y gestionar un área de conservación localizada
fuera del predio en el caso de Botnia, a ser integrada al Sistema Nacional de
Áreas Protegidas.
3.6 – Forestación inducida
La demanda anual de madera de ambas plantas asciende a 5
millones de metros cúbicos. Considerando un rendimiento conservador de 15 m3/Há.
año, se requieren 330 mil hectáreas forestadas para abastecer a las plantas. De
acuerdo a información de la Dirección Forestal del Ministerio de Ganadería
Agricultura y Pesca[14], la
superficie forestada con Eucalyptus asciende a 541 mil hectáreas, por lo
que la instalación de las fábricas de pulpa no requiere de superficie forestada
adicional a la existente. Sin embargo, se prevé una forestación inducida en un
radio de 200 Km alrededor de las plantas, por las ventajas comparativas que
ofrece la minimización de los costos de transporte a los productores
localizados en el área de influencia.
3.7 – Afectación
al medio antrópico
La construcción de cada planta industrial insumirá un
período aproximado de 2 años. En los picos de la construcción, se prevé la
ocupación directa de 1.600 personas para Mbopicuá y 4.000 para Botnia, y se
estima una ocupación indirecta de 8.000 personas. La operación regular de cada
planta demandará 300 trabajadores en forma permanente, y se estima que como
consecuencia de la operación se generen varios miles de empleos indirectos.
Si bien de acuerdo a encuestas de opinión presentadas por
las empresas, la población local tiene una opinión mayoritariamente favorable a
la instalación de las plantas, fundamentalmente debido al esperado aumento de
las oportunidades laborales y a la dinamización de la economía local, se prevén
impactos negativos provocados por los fenómenos de migración, el aumento en la
demanda de infraestructura y servicios, la afectación del paisaje y de algunas
actividades recreativas. En el entendido que todos estos impactos son
mitigables y/o compensables de manera que los impactos residuales resulten
admisibles, y sin perjuicio de algunas medidas ya definidas en los EsIA, la
DEIA derivó su consideración al proceso de evaluación de los correspondientes
planes de Gestión Ambiental cuya presentación es condición establecida en las
AAP.
4.
PLAN
DE GESTIÓN AMBIENTAL
Las AAP concedidas a Celulosas de Mbopicuá y Botnia, están
condicionadas a la presentación y aprobación de un Plan de Gestión Ambiental
(PGA) de la fase de construcción, y de un PGA de la fase de operación. En
particular, establecen que este último deberá incluir como mínimo el plan de implementación
de medidas de mitigación y compensación, el plan de monitoreo y seguimiento, el
plan de prevención de riesgos/accidentes, el plan de contingencias, el plan de
gestión del predio no afectado a la planta y el plan de abandono, detallando el
alcance y el contenido mínimo de cada uno de ellos.
Así como la evaluación del impacto ambiental busca prever
los impactos y adoptar las medidas de mitigación y compensación necesarias para
lograr que los impactos residuales sean admisibles, la evaluación del PGA permite incidir sobre los aspectos básicos de
la gestión ambiental, y busca asegurar el desempeño ambientalmente sustentable
de la actividad.
[1] tAD (Air
Dried ton.): tonelada de pulpa de celulosa considerada con un 10% de humedad.
[2] KRAFT - Nombre de la tecnología de digestión de la madera
utilizando calor, presión, hidróxido de sodio y sulfuro de sodio. A nivel
mundial, el 80% de la pulpa de celulosa se obtiene por este proceso.
[3] ECF (Elemental Chlorine
Free): Denominación para el proceso de blanqueo sin cloro elemental.
[4] Programa de las Naciones Unidas para el Medio
Ambiente – Productos Químicos - Instrumental Normalizado para la Identificación
y Cuantificación de Liberaciones de Dioxinas y Furanos – 2ª Edición , Febrero
de 2005. Disponible en: http://www.pops.int/documents/guidance/toolkit/sp/Toolkit_2005es.pdf
[5] European Commission - Integrated
Pollution Prevention and Control (IPPC) - Reference Document on Best
Available Techniques in the Pulp and Paper Industry – December 2001. Disponible en: http://eippcb.jrc.es.
[6] Disponible en:
http://agralia.juntaex.es/legislacion/legislacion%20web/Directiva%2096_61_CE.pdf
[7] El informe técnico de
la División Evaluación de Impacto Ambiental (DEIA) – DINAMA sobre BOTNIA se
encuentra disponible en: http://www.dinama.gub.uy/descargas/doc_tecnicos/informe_final_botnia_1.pdf
[8] Se presentan los
valores obtenidos considerando el caudal de 727 m3/s correspondiente al
promedio del mes de enero de 2000, como escenario particularmente exigente. Los
caudales menores a 1000 m3/s tienen una frecuencia anual menor al
10%.
[9] Grupos Técnicos de
Estandarización Ambiental (GESTA) en aire (también existentes para agua, suelo
y ruido), implementados por la Comisión Técnica Asesora de la Protección del
Medio Ambiente (COTAMA), organismo interinstitucional y multisectorial, de
asesoramiento y coordinación en materia de política y gestión ambiental, que
funciona en la órbita del MVOTMA, en virtud de lo previsto en la propia Ley de
creación de este Ministerio. Se adoptan las recomendaciones de los grupos GESTA
en los casos para los que no existe normativa nacional.
[10] El funcionamiento
fuera de régimen comprende arranques, paradas y malfuncionamientos, eventos que
siempre implican emisiones significativamente superiores a las obtenidas durante
el funcionamiento en régimen.
[11] Cuanto menor es el
período de referencia, mayor incidencia tienen los valores pico. Así, el GESTA
Aire establece un máximo de 15 mg/Nm3 para
pro
[12] WHO
Regional Office for
[13] En particular, no se
prevé la detección de efectos adversos en la fauna ictícola como consecuencia
del vertido de efluentes.
[14] Disponible en:
http://www.mgap.gub.uy/Forestal/DGF.htm